Introducción
En este trabajo
encontraremos todo lo referido a las leyes generales de la publicidad, estas
leyes son como normas a seguir ya que son útiles para poder hacer un comercial publicitario
o una campaña publicitaria.
Esto nos ayuda para
así poder proteger nuestra publicidad y no viole ninguna ley que esta
restringida.
Se habla acerca de
las diferentes modalidades de intervención admistrativa en los casos de
productos, bienes, actividades o servicios susceptibles que puedan o generan
riesgos para la vida o la seguridad de las personas.
También hace mención
ha diferentes autores los cuales nos
mencionan algunas leyes o reglamentación de la actividad publicitaria.
Siendo cierto que existe una
tendencia, tanto en la doctrina como en algunas resoluciones judiciales, a
considerar a la publicidad como una manifestación de la libertad de expresión
(artículos 20.1.a C.E. y 20.1.d CE) y del derecho de comunicar verazmente
información, no lo es menos que en la única ocasión que ha tenido el Tribunal
Supremo español de pronunciarse en este sentido (caso del abogado Casado Coca),
ha optado por considerar que «la publicidad como medio de captación de
clientela no comporta el ejercicio de una actividad comprendida como derecho
fundamental en el artículo 20 de la Constitución, ya que no se produce la mera
expresión de un pensamiento, ideas u opiniones, mediante palabra, escrito o
cualquier otro medio de reproducción, como indica ese precepto...».
Esta sentencia del Tribunal Supremo
fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, que afirmó: «el fin mismo que
caracteriza a la actividad publicitaria marca una diferencia profunda con el
ejercicio a comunicar libremente información veraz por cualquier medio de
difusión, ya que aquélla, aun siendo también una forma de comunicación, se
vincula al ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o
profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la
contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y
obligaciones, tal y como la define el artículo 2 de la Ley General de
Publicidad. La publicidad por tanto, no es manifestación del ejercicio de
derecho fundamental del artículo 20.1.a, de la Constitución Española...».
ARGUMENTACIÓN U OPINIÓN
Se puede decir que la
publicidad comercial deberá ser considerada como una manifestación más del
derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio
de difusión y que toda restricción en este ámbito deberá responder a una
necesidad social imperiosa y no a simples conveniencias
Al transmitirlos
estos tipos de anuncios nos deben de dar a conocer los diversos valores y una
buena educación mostrada en la publicidad buenos ejemplos y no darnos una mala referencia de esto.
LAURA FHISHER
En la publicidad
pueden existir varias normas jurídicas o leyes como así se pueden llamar, para
la publicidad también existen artículos donde te muestran que es lo que se debe
realizar para que tu campaña publicitaria cumpla con los requisitos pedidos y
no violen las leyes.
Se dice que la
publicidad tiene una forma de comunicación realizada por una persona física o
jurídica, publicitaria o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, artesanal
o profesional, con el fin de promover de forma directa e indirecta la
contratación de muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones.
Una de estas leyes
nos hace referencia de que es lo que se debe transmitir en una campaña
publicitaria, puede ser acerca de la salud, higiene, etc. Y como podemos tratar
d mejorar esos casos y como poderlas transmitir al público en general o
transmitirla.
La publicidad también
puede ser engañosa que todas otras, incluida su presentación, induce o puede inducir a errores a sus
destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o
ser capaz de perjudicar aun competidor. Es asimismo engañosa la publicidad que
silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando
dicha omisión induzca a un error de los
destinatarios.
ARGUMENTACION U OPINIÓN
Se puede decir que
hay leyes las cuales nos dice que la
publicidad es educativa y útil para toda persona, y que los mensajes que hacen
sobre los productos ofrecidos sean seguros para el público y tenga una buena
integridad física y así mismo no violen las leyes o derechos.
También podemos decir
que los derechos y obligaciones de la
agencia la cual nos dice que el anunciante deberá abstenerse de utilizar para
fines distintos de los pactados cualquier idea, información o material
publicitario suministrado por agencia. La misma obligación tendrá la agencia
respecto de la información o material publicitario que el anunciante le haya
facilitado o efectos del contrato.
Por ultimo se hace
mención de como se pueden transmitir la publicidad las cuales pueden ser por
medio de radio y televisión en la cual menciona una gran mejoría de los
productos que compramos, al transmitirnos estos tipos de comerciales se debe de
ver que nos restrinjan ninguna ley y deban respetar las características
mencionadas en los artículos.
CONCLUSIÓN
Para concluir este
trabajo decimos que la publicidad debe contar con buenos ejemplos los cuales
nos sean útiles a la hora de transmitirlo.
Esto nos sirve para
poder darnos un conocimiento útil para nuestra vida cotidiana pero sobre todo
para todos aquellos que requieran transmitir una campaña publicitaria.
Al hacer una campaña
publicitaria debe de llevar diferentes tipos de mensajes los cuales hablen
sobre la cultura, deporte y la educación.
Estas leyes se deben
de llevar a cabo para poder realizar o hacer un trabajo que nos sea vulnerable
y útil para las personas el cual lleve un mensaje bueno y ejemplar.
REFERENCIAS:
http://www.fnep.es/web/index.php/ley-general-de-publicidad
http://html.rincondelvago.com/derecho-de-la-publicidad_4.html
http://www.cenp.com.br/PDF/NomasPadrao/Normas_Padrao_Esp.pdf
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